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MULTA POR INCLUIR A UN CLIENTE EN UN FICHERO DE MOROSOS

La Agencia de Protección de Datos considera que la compra por internet no supone un consentimiento suficiente para el uso de información personal por parte de una empresa.

MULTAN A AVON POR INCLUIR A UN CLIENTE EN UN FICHERO DE MOROSOS

denuncianteLa Agencia Española de Protección de Datos ha condenado a pagar 60.000 euros de multa a la empresa de cosméticos por incluir los datos de una mujer en un fichero de solvencia patrimonial.

Un tercero había usurpado la identidad de la mujer, para comprar unos productos de Avon sin intención de pagarlos.

La víctima tuvo conocimiento de que se encontraba inscrita en ASNEF cuando fue a solicitar financiación a su entidad bancaria y, le pusieron problemas.

El contrato de compra no aparece firmado, si no que se hizo por internet y la aceptación se realizó mediante un mero click online. Los datos personales de la reclamante fueron registrados en los ficheros de Avon y tratados para la emisión de la factura y, posteriormente, incluidos en el fichero de solvencia patrimonial y crédito.

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consentimiento onlineA pesar de que la compañía ha probado que informó a la denunciante a través de un mensaje de texto de que debía abonar su deuda en el plazo de 15 días y, que de lo contrario se procedería a introducir sus datos en un fichero de morosidad.

La Agencia de Protección de datos ha decidido sancionar a la empresa de cosméticos por vulneración del artículo 6.1 del Reglamento General de Protección de Datos europeo que establece que el tratamiento de los datos de un tercero solo será lícito si el interesado da su consentimiento o si el tratamiento es necesario para la ejecución de un contrato en el que el interesado es parte.

En el presente caso, el reclamante ha negado haber firmado dicho contrato, por lo que corresponde a quien sostiene que sí hay contrato, recabar y conservar la documentación necesaria para demostrar el consentimiento del titular.

Por ello, Avon ha sido sancionada, ya que no ha acreditado la legitimación para el tratamiento de los datos de la mujer en cuestión, ya que el contrato no aparece firmado, sino aceptado mediante un click, lo que no da legitimidad a la empresa para hacer uso de sus datos.

Si quieres saber si te han incluido en asnef, pulsa aquí 

de la Redacción

 

LOS PROBLEMAS DE ESTAR INCLUIDO EN ASNEF

Estar incluido en una lista de morosos suele acarrear problemas, como, por ejemplo, que las personas tanto físicas como jurídicas que se encuentren en inscritas tengan una peor posición a la hora de negociar con entidades financieras tales como bancos y otros organismos.

PROBLEMÁTICA DE ESTAR INCLUIDO EN UN REGISTRO DE MOROSOS

persona desesperadaEstas consecuencias negativas se pueden ver reflejadas a la hora de solicitar servicios a las entidades financieras, como la inviabilidad de pedir un préstamo o una tarjeta bancaria, solicitar cualquier servicio bursátil, incluso puede significar un gran problema a la hora de estipular un seguro o contratar servicios de telefonía, ya que estas listas de morosos muestran que no se es un buen pagador, y, por tanto, no ofrece garantías de que vaya a abonar sus deudas correctamente.

Cuando una persona jurídica o física es incluida en este tipo de listas, la Ley estipula que el deudor debe ser avisado y tener la posibilidad de abonar la cantidad que adeuda para cancelar o rectificar el impago y así evitar su inclusión. De lo contrario, sus datos se incluirán en el fichero de morosos, donde podrán permanecer hasta un máximo de seis años.

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deudaRequisitos necesarios para incluir a una persona en un registro de morosos:

  • La existencia previa de una deuda cierta, vencida y exigible, que haya resultado impagada.
  • El requerimiento previo de pago a quien corresponda, en su caso, del cumplimiento de la obligación.
  • Que el acreedor o quien actúe por su cuenta e interés, se asegure de que concurren todos los requisitos exigidos.

¿Qué listados de impagados existen?

Existen distintos ficheros como Asnef-Equifax, Rai y desde mayo el nuevo registro de la abogacía española contra los deudores, dónde sólo pueden inscribirse deudas reconocidas por resolución judicial.

El registro de morosos más conocido es el de Asnef, que contiene datos aportados por bancos, cajas de ahorros, empresas que ofrecen servicios de financiación en compras, aseguradoras, empresas de telecomunicaciones, empresas proveedoras de servicios (agua, luz, gas…) y otras empresas que pueden sufrir impagos en su actividad.

Si quieres saber si te han incluido en asnef, pulsa aquí 

de la Redacción


¿ME PUEDEN EMBARGAR LA CUENTA SIN AVISAR?

En muchas ocasiones, es el nuestro propio banco el que nos comunica que nuestra cuenta bancaria ha sido embargada, pero la entidad en realidad no tiene nada que ver. La orden puede haber sido emitida tanto por un juez como por la propia Administración pública y, tiene como objetivo cobrarse aquellas deudas que tengamos.

¿A QUÉ SE DEBE UN EMBARGO?

embargadoEl embargo es un instrumento jurídico que permite garantizar el cobro de un acreedor frente a un deudor. Mediante este mecanismo, un Juez o una autoridad administrativa, en función del caso, ordena retener las cuentas o bienes del embargado.

Cuando recibimos una notificación del embargo de una cuenta bancaria es recomendable comprobar, que la deuda sea real y la cantidad también.

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embargoEl embargo es siempre por una cantidad concreta de dinero, por lo que en realidad sólo nos retendrán el dinero que debemos, si la cuenta corriente dispone de más dinero, no nos lo tocarán. Si por el contrario, en nuestra cuenta no hay dinero suficiente para cubrir el total de la deuda, sólo tocarán el dinero que haya en la cuenta, no pudiéndonos dejar con saldo negativo la cuenta corriente o lo que es lo mismo, en números rojos.

La cantidad que nos pueden embargar varía en función del dinero que tenemos en la cuenta y del salario mínimo interprofesional, ya que hay unos baremos que se deben respetar.

Para el caso de las cuentas de titularidad conjunta, el embargo se aplicará solamente al saldo que pertenezca a la persona endeudada, siempre que sea claro la cifra que corresponde a cada titular.

Como la mayor parte de las veces es imposible saber el dinero que pertenece a cada titular, por defecto se entenderá que el dinero que hay en la cuenta es de todos los miembros de manera equitativa. Por ello, el banco solo tocará la parte que según los cálculos pertenece a la persona embargada.

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de la Redacción