Últimas noticias

PRESUPUESTOS SOCIALES BLOQUEADOS Y NUEVAS ELECCIONES

El Presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha responsabilizado a la oposición de bloquear los presupuestos más sociales de la historia de nuestro país y, pide el voto para el próximo 28 de abril, para poder convertir la derrota en el parlamento, en una victoria para nuestra sociedad. 

SE CONVOCAN ELECCIONES TRAS BLOQUEARSE LOS PRESUPUESTOS

Pedro SánchezParece que toda la campaña en favor de los presupuestos “para mejorar el país” no ha sido suficiente para convencer a la mayoría de los parlamentarios.


El Presidente del Gobierno responsabiliza a los partidos de la oposición de las pérdidas que han tenido los españoles al no aprobarse los presupuestos, ya que no se llevarán a cabo muchas medidas sociales que habrían beneficiado la mayoría de los españoles, entre ellas, la recuperación del subsidio de mayores de 52 años que estaba ligada a la aprobación de las cuentas.

También te puede interesar: EL SUPREMO RECHAZA LA NULIDAD DEL FALLO DEL PLENO SOBRE EL IMPUESTO DE HIPOTECAS

eleccionesPero esa no es la única medida que se ha quedado en el tintero, muchas otras medidas se han quedado suspendidas, como:

-       La eliminación del copago de fármacos para los pensionistas que cobran una pensión inferior a 1.000 euros mensuales y para aquellas personas preceptoras de la prestación económica de la Seguridad Social por menor a cargo.

-      Incremento del permiso de paternidad de 5 a 8 semanas;

-      La reducción de tasas universitarias y el incremento de becas;

-      El incremento del presupuesto para la dependencia en un 60%

-      Planes de vivienda, etc.

Pero tampoco entrarán en vigor las medidas fiscales que se habían previsto para financiar el incremento de gasto como: el incremento del impuesto sobre el diésel, la tasa Google, el incremento del IRPF para los tramos más elevados, el establecimiento para grandes corporaciones de un tipo mínimo del 15% en el impuesto de sociedades, la subida del 7% de la base máxima de cotización de la Seguridad Social, etc.

También te podría interesar: ¿POR QUÉ A PESAR DE LA SUBIDA DE LAS PENSIONES, HE COBRADO MENOS EN ENERO?

de la Redacción


INSCRIPCIÓN EN ASNEF ILEGAL: LA INDEMNIZACIÓN NO PUEDE SER SIMBÓLICA

En los últimos tiempos, se ha producido una utilización muy incorrecta de los ficheros de morosos por parte de ciertas empresas. Inicialmente, la función original de los registros de morosos era publicar la falta de solvencia de ciertas personas con el objetivo de servir de preaviso a futuros acreedores, es decir, se utilizaba para que las empresas tuvieran parámetros para valorar el riesgo que supone aceptar a una persona como cliente.

LA ILEGÍTIMA INSCRIPCIÓN EN ASNEF ES UN DAÑO MORAL QUE DEBE SER RESARCIDO

mujer enfadadaSin embargo, en la actualidad parece que se ha olvidado su función principal y, se está utilizando como mecanismo de presión por las grandes empresas, que están obteniendo un enriquecimiento injusto, utilizando como coartada “supuestas” deudas de controvertido origen legal.

Figurar inscrito como insolvente en un fichero de morosos puede dañar la reputación de una persona e incluso impedirle beneficiarse de distintos servicios, por ello, nuestros tribunales consideran que este tipo de inscripciones pueden generar un daño moral.

También te puede interesar: ¿NECESITAS SABER SI ESTÁS EN ASNEF?


Por ello, el Tribunal Supremo ya ha señalado que para el caso que la empresa que inscriba a un cliente en un registro de morosos, como Asnef, sin cumplir los requisitos y protocolos que garanticen la adecuada inscripción, la misma será susceptible de indemnización y ésta no podrá ser simbólica. 

Si quieres conocer si está inscrito en el fichero de morosos “Asnef-Equifax”,  pinche aquí 


asnefAsí, la jurisprudencia tiene en cuenta varios criterios para valorar la cantidad de la indemnización por daño moral en ese tipo de casos: 

Tiempo de permanencia ilegal en el fichero de morosos.

2º La publicidad que ha tenido dicha inscripción mediante consultas de terceras empresas acerca de la solvencia del afectado. 

Esfuerzo del perjudicado de intentar solucionar extrajudicialmente el con

flicto.

Obstinación del “acreedor” a pesar de ser conocedor de la inscripción realizada.

Cantidad de servicios o productos que le hayan sido denegadas al perjudicado por la inscripción en el registro de morosos: préstamos, tarjetas de crédito, etc.

También te podría interesar: ¿POR QUÉ ME ENCUENTRO INCLUIDA EN UN FICHERO ASNEF?

de la Redacción

 


EL SUPREMO RECHAZA LA NULIDAD DEL FALLO DEL PLENO SOBRE EL IMPUESTO DE HIPOTECAS

El Tribunal Supremo ha descartado anular el polémico fallo del impuesto de las hipotecas, que el Pleno acordó el pasado mes de noviembre por 15 votos a 13 en favor de que sea el cliente el obligado a asumir el pago de los impuestos de Actos Jurídicos Documentados (ADJ).

OTRA CRISIS DE LAS HIPOTECAS GENERADA POR EL TRIBUNAL SUPREMO

El pasado noviembre el Pleno de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, acordaba que debía mantenerse la jurisprudencia que obliga al cliente a asumir el pago del impuesto de actos jurídicos documentados (AJD).

Todo ello, venía motivado porque la Sección Segunda acordó en varias sentencias que el impuesto de AJD debía ser abonado por las entidades y no por los consumidores. A continuación, el presidente de la sala, forzó la celebración de un pleno para examinar dicha cuestión ya que era un cambio radical en el criterio mantenido hasta el momento y suponía una enorme repercusión económica y social.

Sin embargo, en ningún momento se notificó a la empresa municipal de Rivas, afectado directo, de la celebración del Pleno del 5 de noviembre, por lo que no pudo oponerse.

También te puede interesar: ASÍ ESTÁ FUNCIONANDO LA LEY ANTIOKUPA

Por ello, la Empresa Municipal de Rivas, decidió pelear y presentó incidente de nulidad solicitando la anulación de las resoluciones, al considerar que se habían vulnerado las garantías procesales, ya que se informó a las partes de la convocatoria del Pleno que fijó finalmente la posición final sobre el asunto.hipotecas
Los magistrados han rechazado ahora dar marcha atrás en su decisión y, han decidido desestimar el incidente, si bien los argumentos jurídicos aún no han sido comunicados.

Si bien, la Empresa Municipal de Rivas ya ha manifestado que se está preparando para acudir al Tribunal Constitucional y, si el mismo desestima el recurso de amparo, no dudan en acudir a Estrasburgo.

Han advertido que en Rivas no se van a quedar de brazos cruzados y van a pelear, a pesar de entender que es una vergüenza para nuestro país, que tenga que intervenir de nuevo Estrasburgo para hacer justicia en nuestro país.

También te podría interesar: EL CAOS JURÍDICO DEL IMPUESTO DE LAS HIPOTECAS NO FINALIZA

de la Redacción