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PRIMER REGISTRO JUDICIAL DE MOROSOS

Una empresa granadina junto con el Consejo General de la Abogacía Española crea el primer registro judicial de moroso. Los abogados y sus clientes tendrán una plataforma donde reclamar o consultar los impagos reconocidos en sentencias firmes.

SE IMPULSA EL PRIMER REGISTRO JUDICIAL DE MOROSOS

cobrador de morososCon este nuevo registro que comenzará a funcionar a partir de mañana, se reunirá la información de todas las deudas liquidas, vencidas y exigibles superiores a 50 euros, reconocidas por resolución judicial.

Hasta ahora, los registros de morosos existentes (Asnef y Rai) se limitaban a impagos del sector financiero o de grandes empresas de suministros, por lo que sólo se registraban un 15 o un 20% del total de las deudas.

Si quieres conocer, si estás dentro de la lista de morosos ASNEFpulsa aquí  

Se busca finalizar con las ejecuciones judiciales infructuosas y otorgar transparencia al tráfico mercantil, ofreciendo información veraz y relevante sobre la solvencia y el riesgo crediticio de las personas, tanto físicas como jurídicas.

Se trata de un sistema garantista, ya que el deudor tendrá la oportunidad de subsanar y cancelar la información que se vaya a publicar, que respeta todas las normativas estatales y europeas vigentes.

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¿Cómo funciona el registro de morosos judiciales?

deuda sentenciaEl proceso comienza con el acceso del a la plataforma RedAbogacia, donde dejará constancia de su reclamación contra el deudor en nombre de su cliente y de la resolución judicial que acredita el impago.

Un equipo jurídico tendrá que validar la información y los documentos aportados. A continuación, la plataforma enviará un requerimiento de pago al deudor en nombre de su acreedor, con la advertencia de que los datos serán aportados al fichero en caso de no hacer frente a la cantidad pendiente. El afectado tendrá 5 días para pagar y, si no lo hace, la plataforma le notificará la publicación de la deuda, para que en su caso, pueda ejercer su derecho a la rectificación, supresión o cualquier otro tipo de oposición.

Este registro, podrá ser consultado por el sistema financiero español y por todos los que demuestren tener un interés legítimo en conocer la información. Estos datos estarán a disposición de una mercantil que hace raiting y scoring, con información sobre solvencia y riesgo de impago de empresas. 

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de la Redacción


LO QUE NO PUEDES OLVIDAR SI TIENES QUE HACER LA DECLARACIÓN DE LA RENTA

Si quieres que este año la declaración de la renta te salga a devolver o a pagar menos, te conviene revisar minuciosamente las casillas relacionadas con el cambio de la situación personal, las rentas exentas o las deducciones estatales o autonómicas entre otras.

LAS CLAVES PARA AHORRAR CON LA DECLARACIÓN DE LA RENTA

parejaAunque solo están obligados a realizar la declaración los contribuyentes que ingresen rentas del trabajo de más de 22.000 euros de un pagador o más de 12.643 euros de varios pagadores, a veces, sale a cuenta realizarla, aunque no sea necesario para disfrutar de diferentes beneficios fiscales.

Cuando el resultado de la Renta 2018 sea negativo o a devolver, se debe a que la cuota resultante de la autoliquidación es inferior al importe de los pagos a cuenta, bien por retenciones o ingresos a cuenta que le han practicado los pagadores de sus rentas o bien por pagos fraccionados efectuados por él mismo, en el caso de realizar alguna actividad económica como autónomo.

Además, existen unas reducciones de la base imponible, como por ejemplo, las derivadas de aportaciones a sistemas de previsión social.

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declaración de la rentaTambién puede deducirse todos los gastos necesarios para la obtención de rendimientos de capital inmobiliario, como el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), gastos de comunidad, gastos de conservación y reparación, primas de seguros del inmueble, intereses de préstamos hipotecarios, etc.

Además, si el inmueble es una vivienda, los rendimientos netos se reducen en un 60%.

Para la deducción de alquiler de vivienda se mantiene un régimen transitorio para los contribuyentes que hubieran firmado un contrato de arrendamiento con anterioridad a 1 de enero de 2015.

Por el contrario, para aquellos que compraron su casa o realizaron algún pago para su construcción antes del 1 de enero de 2013, se podrán deducir hasta un 15% de las cantidades invertidas con un límite de 9.040 euros.

Asimismo, el mínimo personal y familiar para adecuar el impuesto a las circunstancias personales y familiares disminuyen la cuota íntegra de la autoliquidación.

Y los que hayan percibido prestaciones de maternidad o paternidad durante el ejercicio 2018, no tienen que declarar los importes exentos, pero pueden deducirse las retenciones soportadas.

Las anualidades por alimentos en favor de los hijos también reducen la base imponible, si están acordadas por sentencia judicial.

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de la Redacción


¿TE HAN INSCRITO INJUSTAMENTE EN UN REGISTRO DE MOROSOS? ¡¡TIENES DERECHO A SER RESARCIDO!!

La inscripción en un registro de morosos puede costar muy caro. Por ello, es importante que si la inscripción es ilegítima, el responsable pague.

Inscripción como moroso ilegítima

La doctrina del Tribunal Supremo es clara, al determinar que la inserción en un registro de solvencia patrimonial, faltando a la verdad por parte de una entidad, implica un auténtico atentado al derecho del honor del interesado que ha aparecido erróneamente en tal registro.

La Sala de lo Civil, ha establecido que la indemnización se debe valorar teniendo en cuenta las circunstancias de cada caso y la gravedad de la lesión efectiva, atendiendo a la difusión del medio a través del que se haya producido.  

INDEMNIZACIONES POR ERRÓNEA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE MOROSOS

Si bien ha marcado que este tipo de indemnizaciones no pueden ser de carácter simbólico, por cuanto son la única fórmula para garantizar el derecho fundamental al honor. Es por ello que no puede ser un argumento válido el hecho de que la deuda inscrita sea de poco valor o no, ya que la misma no disminuye la importancia del daño moral ocasionado a la persona inscrita ilegítimamente.

Es decir, la inscripción de los datos de una persona en un registro de solvencia patrimonial sin cumplir los requisitos de la  Agencia Española de Protección de Datos es indemnizable, por cuanto afecta a la dignidad y reputación de la misma. Por ello, a la hora de valorarla, no es lo mismo que sólo hayan tenido conocimiento los empleados de la empresa acreedora y de la entidad responsable de los registros, a que los datos hayan sido comunicado a los asociados.

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resarcimiento por ilegítima inscripción

Para poder cuantificar el daño moral debemos valorar caso por caso, teniendo en cuenta todas y cada una de las circunstancias, como por ejemplo, el tiempo de permanencia de los datos del perjudicado en el registro de morosos, si ha sido consultado o no, y el número de consultas, así como si por esta circunstancia se le han denegado algún tipo de crédito o financiamiento.

Por ello, en caso de indebida inclusión en un Registro de morosos, el interesado podrá solicitar a la entidad el resarcimiento, no solo por la vulneración del derecho al honor, sino también del daño moral sufrido. Todo ello porque se ha producido una reducción de su fiabilidad, por culpa de su inmerecida imagen de mal pagador. 


Si quieres conocer, si estás dentro de la lista de morosos ASNEF, pulsa aquí pulsa aquí

de la Redacción


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