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Los tribunales españoles están dictando sentencias que anulan préstamos por usura

Los tribunales españoles están dictando sentencias que anulan préstamos por usura. Afectan desde a tarjetas ‘revolving’ con intereses del 27,24% hasta a microcréditos con porcentajes que pueden alcanzar el 89.266%.
 

Los tribunales españoles están dictando sentencias que anulan préstamos por usura. Afectan desde a tarjetas ‘revolving’ con intereses del 27,24% hasta a microcréditos con porcentajes que pueden alcanzar el 89.266%.

Resolución contra las tarjetas revolving

axfisiada por deudas

En marzo del 2020, el Tribunal Supremo consideró usurario un tipo de interés del 27,24% de una tarjeta de crédito ‘revolving’ de Wizink Bank [1], en base a la Ley de Represión de la Usura de 1908 [2]. En su artículo 1º, dicha Ley de Represión de la Usura dice lo siguiente:“Será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso o en condiciones tales que resulte aquél leonino, habiendo motivos para estimar que ha sido aceptado por el prestatario a causa de su situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus facultades mentales”.

En su aplicación, el Supremo consideró que la referencia del “interés normal del dinero” que ha de utilizarse para determinar si el interés es usurario debe ser el interés medio aplicado a las operaciones mediante tarjetas de crédito y ‘revolving’ publicado en las estadísticas oficiales del Banco de España.

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deuda

No es la primera sentencia del Tribunal Supremo en este sentido. El 25 de noviembre de 2015 ya anuló por usura otra ‘revolving’ con unos intereses del 24%. Esta jurisprudencia supone que las probabilidades de éxito en la reclamación de intereses de tarjetas ‘revolving’ sean muy altas, lo que implica poder “recuperar todos los intereses pagados desde la contratación, reduciendo la deuda o incluso recuperando dinero”, según abogados especializados.

Tras estas sentencias del Supremo, se han sucedido otras en la misma línea. El pasado mes de septiembre, el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de L’Hospitalet de Llobregat declaró la nulidad por usura de los intereses de ocho contratos de micropréstamos de P10 Finance (Préstamo10), contratados entre 2016 y 2018, cuyos intereses oscilaban entre el 2.830,78% TAE y el 24.867,95%.

La Plataforma contra la Morosidad advierte un aumento de impagos a partir de mayo

El plazo medio de pago de las facturas españolas continúa por encima del límite legal: 60 días en el sector privado y 30 días en el público, aunque en el año 2021 se produjo "un significativo descenso", según la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad (PMcM).

El informe advierte del riesgo de una cadena de impagos a partir de mayo

La transparencia será en nada de tiempo una parte importante del valor de las empresas. El objetivo del Protocolo es dotar al cliente y a las entidades financieras que lo suscriban de una herramienta que pone fin a las dificultades de conocimiento o comprensión de este tipo de crédito, pues mediante un lenguaje claro, sencillo y transparente, con ejemplos, consejos y advertencias, el consumidor y el profesional de la entidad financiera pueden tener una idea clara que les permita tomar una decisión, libre informada y responsable sobre la operación. Al ser el primer protocolo, es ya un referente.
 

El plazo medio de pago de las facturas en España sigue por encima del límite legal (60 días en el sector privado y 30 días en el público), pero en 2021 se produjo "un significativo descenso", según la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad (PMcM). 

En su informe sobre el ejercicio pasado, la Plataforma rebaja a 72 días el plazo medio de pago de las facturas en el sector privado, frente a los 77 de 2020. En el caso del sector público, el plazo medio bajó de 77 a 61 días. 

Sin embargo, el informe advierte del riesgo de una cadena de impagos a partir de mayo, cuando finalice el periodo de carencia de los créditos ICO otorgados a en torno a un millón de empresas.

Aumentará el riesgo de quiebra de las empresas españolas

Tras saludar la mejora de los plazos de pago en 2021, el presidente de la patronal advirtió de que la tendencia se puede torcer gravemente a partir del mes de mayo, cuando caduque el periodo de carencia de los créditos ICO y las pymes tengan que empezar a hacer frente a su devolución. 

“Cuando esto ocurra vamos a asistir a una rotura de la cadena de pagos importante; no olvidemos que medio millón de empresas están en riesgo de quiebra principalmente por el retraso en los pagos”, alertó Cañete. 

De momento, la ratio de morosidad de los encuestados (% de impagos respecto al total de facturación), se cifró en 2021 en el 4,8%, ligeramente inferior respecto al 5,4% del 2020. 

 

Las empresas grandes son las que mas tardan en pagar

Para el 61% de los encuestados, el tipo de cliente por tamaño de empresa que más tarda en pagarles son las grandes compañías (facturación superior a 50 millones de euros). Según los encuestados, el 80% de las grandes empresas superan el plazo legal de pago de 60 días: el 38% paga entre 60 y 90 días, mientras que el 42% de las grandes empresas abonan sus facturas en plazos superiores a los 90 días. Solo el 20% de ellas pagan dentro del plazo legal. Por otro lado, en el caso de las pymes, el 49% de ellas abona los pagos en plazo; hay un 45% que liquida sus facturas en un plazo entre 60 y 90 días, mientras que otro 5% rebasa ese límite.

Me acabo de jubilar y no he cotizado el mínimo

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La pensión no contributiva de jubilación permite a las personas mayores de 65 años recibir una pensión a pesar de no haber cotizado los años suficientes. Si no se ha cotizado o si se ha hecho de manera insuficiente, cabe la posibilidad de acceder a una pensión no contributiva de jubilación. 
 

Pensión de jubilación, cómo funciona

moroso

En España la edad para jubilarse varía conforme pasan los años. Actualmente, la edad se sitúa en los 65 años, habiendo cotizado como mínimo 37 años y tres meses. Si no es el caso, la edad de la jubilación ordinaria es de 66 años. La edad de jubilación seguirá subiendo hasta llegar al tope de los 67 años en el 2027. Sin embargo, existe otra fórmula para jubilarse sin haber cotizado el tiempo suficiente. Se trata de la pensión no contributiva de jubilación.

Las personas que obtienen el derecho a estas pensiones se convierten en pensionistas de la Seguridad Social con las mismas garantías y los mismos beneficios que el resto de pensionistas.

Si no se ha cotizado o si se ha hecho de manera insuficiente, cabe la posibilidad de acceder a una pensión no contributiva de jubilación. Este tipo de pensión permite que todos los ciudadanos en situación de jubilación puedan acceder a una prestación económica.

 

¿Cuáles son los requisitos imprescindibles para cobrar la pensión?

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Para acogerse a esta pensión se deben cumplir ciertos requisitos. El primero es tener 65 años o más, residir en territorio español y haberlo hecho durante 10 años, ya sea en España o en otro país miembro de la Unión Europea, teniendo en cuenta que dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.

Otro de los requisitos es de carácter económico. Es necesario tener rentas o ingresos inferiores a 5.639,20 euros al año en el caso de que el solicitante viva solo. Aunque esta cuantía mínima de ingresos puede variar si el solicitante vive acompañado. 

Si el solicitante convive con su cónyuge y/o parientes consanguíneos de segundo grado como hermanos, nietos o abuelos se estipulan otras cuantías mínimas. 

Compatibilidad de la pensión no contributiva

La pensión no contributiva de jubilación es incompatible con la pensión no contributiva de invalidez, con las pensiones asistenciales y son los subsidios de garantía de ingresos mínimos y por ayuda de tercera persona. 

 

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