El juzgado de primera instancia nº 2 de Ibiza ha declarado como nula una clásula suelo que CaixaBank había impuesto a una pareja en su préstamo hipotecario. El banco se verá obligado a abonar 13.000 euros
En 2007 el matrimonio solicitó un préstamo hipotecario por importe de 205.000€ para comprar suviviendacon una hipoteca a interés variable, referenciado al euríbor más 0,65% de diferencial, Se incluía una cláusula por la que el tipo nominal mínimo aplicable en este contrato era de 3,5% sin informar a los prestatarios.
CaixaBank, condenada a devolver la diferencia de 13.000€ al matrimonio no había explicado la operatividad ni trascendencia jurídica y económica. Esta cláusula no había sido negociada, sino directamente impuesta por la entidad bancaria.
LA SENTENCIA APOYA A LOS DAMNIFICADOS
La sentencia ha dado la razón al matrimonio, quienes no fueron correctamente informados sobre ninguna cláusula y no podían reconocerla en el contrato, según afirman desde Unive Abogados, representantes legales de la pareja.
La resolución afirma que CaixaBank no ha podido demostrar que ofreciese a los afectados información clara y detallada de las cláusulas del préstamo hipotecario. Desde la entidad bancaria han preferido declinar los comentarios sobre esta sentencia. Uno de los portavoces ha recordado que en 2015 CaixaBank ya había eliminado las cláusulas suelo y, hasta septiembre de 2017, se habían devuelto el 90% de los importes de las mismas.
de la Redaccion