¿Y SI RECIBO UNA NOTIFICACIÓN DE HACIENDA CUANDO ESTOY DE VACACIONES?
La agencia tributaria no coge vacaciones y puede enviarte notificaciones siempre, incluso cuando no estás. Descubre qué puede pasar.
HACIENDA NO COGE VACACIONES
Seguro que muchos de vosotros os encontráis de vacaciones o las cogéis en las próximas semanas, pero eso no quiere decir que durante este tiempo no puedas recibir notificaciones de Hacienda. La administración pública no descansa, pese a que el nivel de volumen de las empresas privadas baja mucho o incluso cierran durante el mes de agosto, las obligaciones tributarias se mantienen y se deben cumplir durante todos los meses del año.
No existe ninguna ley que marque el mes de agosto como mes oficial de vacaciones, porque si así fuera las personas que cogen vacaciones en otro periodo del año, se encontrarían en desventaja. De hecho, el número de notificaciones que se realizan en agosto, en muchas ocasiones es incluso superior al de otros meses.
También te puede interesar: EVITA MULTAS POR NO PRESENTAR EL IMPUESTO DE SOCIEDADES
¿Pero como vas a responder a una notificación que no sabes que existe?
Llegas a casa tras las vacaciones de verano, relajado y, lo primero que te encuentras en el buzón, es un aviso de que tienes que pasar a recoger una notificación de Hacienda. ¡Bienvenido a la realidad!
En muchas ocasiones, todos los avisos están caducados, es decir, el plazo para responder ha vencido. En el caso de que hayan pasado pocos días, puedes intentar acudir a la Delegación de la Agencia Tributaria para explicar tu situación que quizá acepten, pero si han pasado muchos días, Hacienda te pondrá directamente la sanción correspondiente.
Sin embargo, desde el 13 de mayo de 2015 cuando se pronunció nuestro Tribunal Supremo estableciendo que si se entiende que el contribuyente está de vacaciones esa comunicación no tendrá validez ninguna y se deberá intentar más adelante sin imponer ningún tipo de multa.
Es decir, la Agencia Tributaria podrá continuar enviando notificaciones en agosto, pero si la receptora demuestra que se encontraba de vacaciones y no ha tenido conocimiento de la recepción, no serán válidas a efectos legales.
También te podría interesar: ¿PRESCRIBEN LAS DEUDAS CON HACIENDA?
de la Redacción