LA HISTORIA DE LAS HIPOTECAS MULTIDIVISAS, OTRO ABUSO DE LOS BANCOS.
El fenómeno judicial de la hipoteca multidivisa, a diferencia de tantas otras temáticas jurídicas, tiene un origen muy reciente. En general, se trata de hipotecas constituidas, en yenes japoneses o francos suizos, que fueron vendidas como un chollo durante los años 2.006, 2.007 y 2.008.
EL ABUSO DE LAS HIPOTECAS MULTIDIVISAS
El problema surgió a partir de 2.009 y a lo largo de los años siguientes, con la devaluación del euro respecto a estas divisas, lo que provocó que el capital pendiente de devolución de estas hipotecas, en vez de disminuir, se multiplicase, aflorando un verdadero problema económico en nuestro país.
Todo ello, unido a la crisis y la reducción de capacidad económica de la mayor parte de la población española, hizo que para muchas familias, que habían caído en la trampa, abonar la cuota hipotecaria se convirtiese en una obligación inasumible.
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Cuando el capital pendiente de dichas hipotecas comenzó a aumentar, se comenzó a cuestionar en los juzgados la legalidad de este tipo de cláusulas hipotecarias. Inicialmente, muchas de las sentencias fueron desestimatorias, ya que algunos jueces entendieron que los prestatarios eran especuladores que buscaban un beneficio con este tipo de producto financiero.
Si bien, poco a poco los jueces comenzaron a sensibilizarse con la causa, cuando empezaron a conocer el núcleo del problema. En este momento, se comenzaron a dictaminar las primeras sentencias estimatorias, reconociendo la existencia de un posible error de vicio en el consentimiento por desconocimiento del alcance de los riesgos adquiridos, cuestionándose la trasparencia de dichas cláusulas y por ende, la abusividad del clausulado multidivisa.
Tras varias discusiones y alguna que otra insinuación del Tribunal Supremo, de nuevo tuvo que venir el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, a esclarecer el asunto. La Sentencia de el llegó la Sentencia del de 20 de septiembre de 2017 y la continuación, la del 15 de noviembre de nuestro Tribunal Supremo, dando un paso importantísimo a favor del consumidor, al declarar el clausulado de este tipo de préstamos como no transparente, y por tanto, abusivo.
Es decir, esto ha facilitado que miles de consumidores afectados por este producto, puedan reclamar con cierta seguridad ante los tribunales su nulidad parcial y su reconversión a un préstamo convencional, con carácter retroactivo.
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de la Redacción