LA MANIPULACIÓN DE LA JUSTICIA CON LOS DESAHUCIOS

El Pleno del Tribunal Supremo dictaminó que no puede existir un contrato de préstamo hipotecario si la ejecución de la garantía resulta ilusoria o extremadamente dificultosa. Para evitar la anulación del contrato que vaya en contra de las familias, el Supremo decidió que se sustituyera la cláusula abusiva de vencimiento anticipado por lo indicado en la nueva ley hipotecaria.

LA JUSTICIA MANIPULA CON EL DESAHUCIO

desahucioLo que parece una victoria para las familias en peligro de desahucio, en realidad será la puerta para que en 2020, se cree una nueva oleada de desahucios.

La Justicia europea dijo que estos procedimientos eran nulos, y las audiencias empezaron a cerrarlos, dando la razón a los consumidores. Pero ahora el Supremo dice que no, y permite que se falle a favor del banco.

Todos los procedimientos de ejecución hipotecaria están fundamentados en un contrato que tiene una cláusula de resolución anticipada que, como decimos, es abusiva, dado que permitía a la banca resolver la hipoteca por un solo impago.

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sentenciaEl hecho de que el Supremo haya declarado abusiva la cláusula de vencimiento anticipado debería haber provocado que todos los procedimientos por ejecuciones hipotecarias fundamentadas en este tipo de cláusula abusiva fueran anulados.

Sin embargo, la Justicia ha vuelto a introducir un elemento que favorece a la banca. Ha considerado que, dado que un contrato de préstamo hipotecario no puede subsistir sin una cláusula de vencimiento anticipado y, por ende establece que esta debe ser sustituida por la previsión de 12 impagos recogida en la recientemente aprobada Ley de Crédito Inmobiliario.

Es decir, en los casos en que la familia no hubiera podido hacer frente a más de doce pagos se continuará con la ejecución, y, en los casos en los que no ocurra así se archivará el procedimiento.

Esta decisión va en contra de los intereses de los españoles, si bien ha sido vendida como una gran noticia, cuando la realidad es que todos estos procedimientos debían ser archivados porque incluían una cláusula declarada como abusiva.

Esta decisión del Supremo no es más que una interpretación sesgada de la ley, que no hace más que favorecer a la banca, igual que hicieron con la sentencia del pago del impuesto de Actos Jurídicos Documentados.

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de la Redacción