¿SON LEGALES LOS REGISTROS DE MOROSOS?
No es nada nuevo ni desconocido para la mayoría, que en España existen registros de morosos. Su función es la de evaluar si personas y empresas cumplen adecuadamente con sus obligaciones de pago, aunque lamentablemente, no todas las personas que son incluidas en estos ficheros se encuentran en ellos por una razón fundada.
LA LEGALIDAD DE LAS LISTAS DE MOROSOS
La Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal en su artículo 29 regula y legaliza los registros de morosos. En este artículo se regula expresamente la posibilidad de creación de listas relativas al cumplimiento o incumplimiento de obligaciones dinerarias, facilitados por el acreedor o por quien actúe por su cuenta o interés.
Las listas de morosos son legales, pero deben cumplir una serie de requisitos para poder incluir los datos de los supuestos morosos. Las condiciones necesarias son:
- Que exista una empresa o entidad cuyo objeto social sea la elaboración de informes de solvencia patrimonial
- Que los datos los comunique directamente el acreedor y se comuniquen única y exclusivamente datos que permitan calificar dicha solvencia.
- Las deudas no pueden tener una antigüedad superior a 6 años.
- El deudor que se incluya en dicha lista tiene que tener conocimiento expreso, mediante comunicación escrita sobre su inclusión.
- El deudor tiene que tener la posibilidad de acceder a todos los datos contenidos en este tipo de ficheros, así como el uso que se está haciendo de ellos. Además, debe tener la posibilidad de poder ejercitar el uso de los derechos ARCO, es decir, acceso, rectificación, cancelación u oposición a su inclusión en dichos registros.
Si quieres saber si te han incluido en asnef, pulsa aquí
En conclusión, si yo tengo una deuda cierta y exigible con una entidad financiera, con una empresa de telecomunicaciones o con cualquier empresa que esté asociada a cualquier entidad que gestione listas de solvencia y crédito, es muy probable que mis datos de moroso aparezcan en dicha lista y que sean accesibles para terceros.
Pero si te han inscrito en un listado de morosos y, no se han cumplido los requisitos previamente descritos, podrás solicitar tu cancelación, y denunciarlo ante la Agencia de Protección de Datos o ante los Tribunales.
También te podría interesar: ¿QUÉ HAGO SI ME ENCUENTRO EN ASNEF?
de la Redacción